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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300541
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 14
LEGITIMA DEFENSA DEL HONOR.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 14
Si por honor debe entenderse la calidad moral que induce al cumplimiento del deber, la buena reputación que sigue a la virtud, y la honestidad en las acciones sociales y morales y el concepto de él no sólo cubre la reputación, sino todos los bienes jurídicos y morales que tienen relación con la idea social del honor: el nombre de los hijos, la integridad del hogar, el respeto de la mujer propia, el derecho al amor y a la estabilidad conyugal, ninguna de estas circunstancias concurren en favor del acusado que las alega, cuando él mismo afirma la ilicitud de sus relaciones con una mujer y el deshonor con que las alienta, por lo que su honor mancillado no puede ser alegado para configurar la excluyente relativo a las lesiones que causó a otra, por tener relaciones con la misma mujer.
Precedentes
Amparo penal directo 5500/44. Pérez López Alfonso. 1o. de julio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.