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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300567
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 168
FRAUDE, TENTATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 168
Cuando se trata de tentativas de fraude, no es necesario que la persona física o moral a quien se pretende defraudar sufra el engaño y entregue una cosa o libere de una obligación, ya que en ese caso se trataría de un fraude consumado, sino que basta con que los actos realizados estén encaminados inmediata y directamente al engaño o al aprovechamiento del error que a su vez será causa de la obtención ilícita de una cosa o del alcance de un lucro indebido.
Precedentes
Amparo penal directo 1701/49. Díaz de Saudi Camacho Jaime. 7 de julio de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.