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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300577
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 189
PECULADO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 189
Los elementos materiales del delito de peculado previsto en la citada fracción XVII del artículo 18 de la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación, son los siguientes: que el encargado de un servicio público, aunque sea en comisión por tiempo limitado y no tenga el carácter de funcionario, distraiga de su objeto, para usos propios o ajenos, el dinero, valores, fincas o cualesquiera otras cosas pertenecientes a la Federación, al Distrito Federal o a algún Territorio, a un Estado, a un Municipio o a un particular, si los hubiese recibido por razón de su encargo, en administración, en depósito o por cualquiera otra causa.
Precedentes
Amparo penal en revisión. 6410/47. Villarreal Garza Jesús M. 7 de julio de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis G. Corona.