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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300594
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 238
PENA ALTERNATIVA (AUTO DE FORMAL PRISION).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 238
Si el delito cometido se sanciona con pena alternativa, ello amerita cancelar desde luego la fianza por la que obtuvo la libertad provisional el acusado; pero si, en lugar de hacerlo, la autoridad responsable dictó con posterioridad el auto revocatorio de dicha libertad, cuya consecuencia es sujetar a prisión al propio quejoso, le causó con esto una nueva violación de garantías. Todo ello amerita conceder al quejoso la protección solicitada contra el auto de formal prisión, en forma absoluta, porque tratándose de una violación de fondo, no cabe el amparo para el efecto de la reposición de ese auto por el de soltura, porque el reenvío solamente cabe para cuestiones procesales; y también concederle el amparo por lo que hace al auto revocatorio de su libertad caucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8303/47. Morales Fidencio. 8 de julio de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.