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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300610
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 490
MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 490
Por miedo, cuando se refiere a la circunstancia excluyente de responsabilidad, la ley no puede referirse a estados permanentes de temor o incertidumbre que permitan la adopción de medios de violencia, sino a una emoción psíquica momentánea, que perturbe, el ánimo, al extremo de convertir al infractor en un verdadero autómata.
Precedentes
Amparo penal directo 1930/49. González Zamora Roberto. 15 de julio de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.