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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300620
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 553
CAREOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 553
Si la confesión del quejoso, corroborada por las respectivas confesiones de cada uno de sus coacusados, no tuvo discrepancia con las de éstos, en la parte en que intervino en los hechos, resulta que no existió motivo legal para que se practicaran los careos correspondientes.
Precedentes
Amparo penal directo 1099/48. Ché Canul Anastasio y coag. 20 de julio de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.