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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300621
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 556
RAPTO, CUERPO DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 556
No puede sostenerse que hubiere quedado comprobado, en forma legal, el cuerpo del delito de rapto de que se le declaró responsable al quejoso, si no se comprobó que hubiere retenido en su poder a la ofendida por algún tiempo, y bajo su guarda, sacándola de su medio ordinario de vida, después de haberla disfrutado en su persona.
Precedentes
Amparo penal directo 2409/48. Flores Mauro. 20 de julio de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis G. Corona.