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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300625
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 566
PRUEBAS EN EL AMPARO, DESESTIMACION DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 566
No son aptos los agravios relativos a que el inferior hubiese dejado de tomar en consideración unas pruebas ofrecidas por el quejoso, si el aludido funcionario judicial, en la audiencia constitucional, no las aceptó.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5810/48. Urdapilleta Trueba Agustín. 20 de julio de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.