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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300639
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 693
EXCLUYENTES, FALTA DE ESTUDIO DE, EN LA APELACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 693
Aun cuando el tribunal responsable se limitó a examinar exclusivamente una excluyente porque consideró que tal excepción fue la que sirvió de apoyo al fallo de primera instancia, para absolver al reo, sin aludir a otra que se alegó, esta circunstancia no constituye una omisión de la cual resulte perjuicio alguno para el sentenciado reclamante de garantías, si de lo actuado en la causa no se comprueba esta última excluyente y, por ende esta incomprobación implica necesariamente la completa ausencia del perjuicio para el reo sobre el particular.
Precedentes
Amparo penal directo 750/48. Pérez Anaya Cándido. 22 de julio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.