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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300645
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 703
MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 703
No existe la excluyente relativa a que los acusados obraran bajo el influjo de un miedo grave, si de las constancias procesales, lejos de acreditarse que los inculpados delinquieron al impulso de un miedo que revistiera gravedad, inhibiéndolos del pleno uso de sus facultades mentales, aparece demostrado lo contrario, esto es, que privaron de la vida a los ofendidos, mediante la realización de diferentes actos que demuestran perfecta lucidez y plena conciencia de ellos, los cuales actos son reveladores del propósito de venganza que impulsó a los infractores para desahogar el encono que sentía para con sus contrarios, a virtud de anteriores enemistades.
Precedentes
Amparo penal directo 8662/47. Fuentes Velázquez Carlos y coag. 22 de julio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.