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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300684
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1003
SOBRESEIMIENTO, DEBE DECRETARSE SI SE INTERPUSO APELACION CONTRA EL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1003
Los actos que se reclaman del Juez de primera instancia, merecen el sobreseimiento, si se hizo valer contra ellos la apelación que dio origen al amparo directo.
Precedentes
Amparo penal directo 8265/47. Meza de la Cruz Santos. 29 de julio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.