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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300694
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1091
MINISTERIO PUBLICO, VALIDEZ DE LAS ACTAS DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1091
Por lo que ve a las irregularidades que el acusado afirma se cometieron en la redacción del acta del Ministerio Público, que se apoya sólo en el dicho de las dos personas que aparecen firmando como testigos de asistencia del agente investigador, en cuyas declaraciones, tales testigos dijeron que no les constaban los hechos asentados en el acta, por haberlos invitado a firmar como testigos de asistencia el agente investigador sólo para cubrir la formalidad correspondiente, pero sin que hubieran estado presentes en el momento en que se tomaron las declaraciones, debe decirse que esos dichos, no invalidan por sí solos el contenido del acta en cuestión, puesto que no demuestran que lo asentado en la misma, con la firma al margen de los declarantes, sea falso, si no existe ninguna prueba que demuestre esa falsedad.
Precedentes
Amparo penal directo 7275/48. Serdán Bisuet Pablo. 1o. de agosto de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.