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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300714
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1275
AGRAVIOS EN LA REVISION (INDEFENSION).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1275
Si el recurrente no concurrió a la audiencia, ni procuró a su defensa, en esas condiciones, el hecho de haberle otorgado validez probatoria el inferior, a las constancias contenidas en la copia certificada que el Juez responsable acompañó a su correspondiente informe, de ninguna manera lo dejó en estado de indefensión y, por ello, se impone confirmar la sentencia que se revisa.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9124/48. Nieva Roberto. 5 de agosto de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.