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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300725
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1439
EMBRIAGUEZ COMO EXCLUYENTE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1439
Aun cuando haya en la causa certificados médicos reveladores de que el acusado ha padecido trastornos mentales al intoxicarse con alcohol y marihuana, trastornos mentales que han tenido carácter de episódicos, no por eso puede afirmarse que el sujeto activo de la infracción haya delinquido inconscientemente, si ninguna prueba existe el respecto y, por lo contrario, las declaraciones del reo revisten completa lucidez al narrar los hechos en forma categórica y precisa. Por lo demás, aun en el supuesto de que la embriaguez en el acusado, le haya ocasionado alguna inhibición mental de inconsciencia, tampoco sería de atenderse, si su intoxicación se debió a que voluntariamente ingirió alcohol.
Precedentes
Amparo penal directo 7360/48. Gutiérrez Mendoza Isaac. 12 de agosto de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.