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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300733
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1456
DESPOJO, CUERPO DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1456
Las impugnaciones del quejoso relativas a que se dictó su formal prisión sin haberse integrado los elementos materiales que se le imputa, no son de atenderse, si aparece que de propia autoridad y empleando amenazas y engaños o haciendo violencia moral sobre la persona que cuidaba al terreno propiedad de la querellante, se posesionó de este inmueble, ocupándolo y haciendo uso de él y de un derecho real que no le pertenece, pues cobra rentas a personas que actualmente lo ocupan.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2993/49. Miranda Ruiz Cipriano. 12 de agosto de 1949. Mayoría de tres votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.