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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300740
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1466
RESPONSABILIDAD DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1466
No existe comprobada, en forma alguna, la presunta responsabilidad de los quejosos como participantes en delito de que se trata, si sólo los incrimina la policía y el abogado de la ofendida, pues estos elementos, en ausencia de otros datos que los corroboren, no son bastantes para ese efecto y menos cuando su coacusado, sin eludir su responsabilidad en los hechos, los exonera de toda participación en los mismos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1649/49. Mendoza Archundia Juan y coagraviados. 12 de agosto de 1949. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.