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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300792
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1862
INTENCIONALIDAD DEL DELITO, CARGA DE LA PRUEBA (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1862
El artículo 5o., del Código Penal aplicable, contiene el principio de que la intención delictuosa se presume; por tanto, en el proceso no correspondía a la autoridad demostrar que el hecho fue intencional, por existir presunción "juris tantum", a tal respecto, sino que, conforme a tal principio, correspondía al inculpado la prueba de que el hecho no fue intencional.
Precedentes
Amparo penal directo 102/49. Martínez Romero Valentín. 24 de agosto de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.