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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300802
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2002
FIANZA EN EL AMPARO PENAL, MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2002
Si el quejoso no rindió prueba alguna para probar su mala situación económica, la que no puede presumirse, si de acuerdo con las constancias de autos pudo otorgar fianza por la cantidad cuyo monto recurre para gozar de la suspensión provisional de los actos reclamados, debe declararse infundado el agravio relativo.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 5171/49. Rosas Puga Juan. 27 de agosto de 1949. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.