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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300814
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2075
ABUSO DE AUTORIDAD Y DISPARO DE ARMA DE FUEGO, DELITOS DE (AGENTES DE LA AUTORIDAD).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2075
Quedó justificado el cuerpo del delito de abuso de autoridad que le fue atribuido al acusado en términos de los artículos 213, 214, fracción II, del Código Penal y 122 del de Procedimientos Penales, si aquel iba uniformado y ostentaba su placa, cuando cometió el delito de disparo de arma de fuego, y además no llegó a demostrar que se hallara fuera de servicio a la hora en que se desarrollaron los hechos, a pesar de que estaba obligado a ello, de conformidad con el artículo 248 del indicado ordenamiento procesal, por lo que, si las declaraciones de los ofendidos hacen suponer que el agraviado ejercitaba sus funciones como agente de la autoridad, hecho que no negó, pues se limitó a decir que no recordaba nada por su estado de embriaguez, es incuestionable que al considerarlo la jurisdicción sentenciadora, penalmente responsable de los delitos de abuso de autoridad y disparo de arma de fuego, y destituirlo del empleo que desempeñaba, no violó, en su daño, garantías individuales.
Precedentes
Amparo penal directo 6498/47. González Vigenor Alfonso. 31 de agosto de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.