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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300819
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2081
AUTO DE FORMAL PRISION, CONSTITUCIONALIDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2081
Si la autoridad responsable no remitió ninguna copia certificada de las constancias conducentes para acreditar su actuación, quedó a cargo del quejoso la prueba de la inconstitucionalidad del auto de formal prisión reclamado, y no habiendo rendido ninguna, indudablemente que la resolución combatida, si proviene de una autoridad judicial, no es en sí misma violatoria de garantías individuales.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2463/49. Rivero Velázquez Raúl. 31 de agosto de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.