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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300833
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2282
CONDENA CONDICIONAL (LEGISLACION DE YUCATAN).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2282
Si en la causa figura la hoja de antecedentes del quejoso, en la que aparece fichado anteriormente por robo y por infracciones al reglamento de policía, no procede concederle el beneficio de la condena condicional, pues además de no tener el carácter de delincuente primario, aquella hoja indica que no ha observado buena conducta antes de delinquir. Es obvio, que, para el efecto de que se viene hablando, tiene completa eficacia demostrativa de antecedentes policiacos, sin que sea necesaria la copia certificada de sentencia ejecutoriada en su contra, por no tratarse de establecer reincidencia alguna, no existe dato alguno en la investigación, que reste eficacia demostrativa a la repetida baja de antecedentes policiacos.
Precedentes
Amparo penal directo 1091/48. Moreno Alvarez Eduardo. 7 de septiembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.