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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300844
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2348
AUTORIDAD RESPONSABLE, OMISION EN PEDIRLE SU INFORME JUSTIFICADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2348
Si de autos aparece que a la autoridad responsable recurrente, se le pidió el correspondiente informe con justificación, por medio de oficio, pero no hay constancia alguna de que el mismo hubiera sido recibido por ella, como tal circunstancia hace patente que en el juicio de que se trata no fue oída dicha autoridad responsable, cuyo informe, además, pudiera haber influido en la resolución que se dictara en definitiva, procede, con fundamento en el artículo 93 de la Ley de Amparo, revocar la resolución recurrida que concedió el amparo por estimar que el acto reclamado resulta presuncionalmente cierto en vista de la falta de informe así como ordenar que se reponga el procedimiento, a partir del auto mediante el cual se manda pedir el informe justificado a la responsable.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6617/48. Bravo Emilio y coags. 8 de septiembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.