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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300872
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2545
ENERVANTES, RESPONSABILIDAD EN EL DELITO DE TRAFICO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2545
Aunque no confesó el quejoso haber realizado en forma completa ninguna operación de compraventa, entregando la sustancia enervante y recibiendo el valor de la misma, basta el hecho probado de su participación en el negocio a que se alude, para estimar que es responsable del delito de que se trata, en los términos de la fracción I del artículo 194 del Código Penal.
Precedentes
Amparo penal directo 2395/48. Orbe Galeana Francisco. 21 de septiembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.