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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300882
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2661
LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2661
Si la intervención que el acusado tuvo en los hechos, revela que tomó para sí el riesgo de la contienda a que el ofendido los provocaba a él y a su hermano, en esas condiciones, no pudo haber legítima defensa, ahí desde existió la recíproca voluntad de dañarse y el cambio material de golpes, hasta producir el delito de lesiones.
Precedentes
Amparo penal directo 3371/48. López Mendoza Ignacio. 23 de septiembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.