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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300891
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2685
RECONVENCION, REVOCACION IMPROCEDENTE CONTRA SU DESECHAMIENTO (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2685
La revocación de la resolución que no admitió la reconvención no se encuentra comprendida en lo dispuesto en el artículo 618 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Jalisco, de tal manera que si se hubiera decretado la revocación, se habría violado esa disposición legal.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9758/44. Contreras José y coags. 23 septiembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.