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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300893
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2752
ABUSO DE AUTORIDAD, DELITO DE (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2752
Si el acusado, cuando ejercitaba sus funciones de policía le dio de fuetazos al ofendido, es evidente que hizo uso de la violencia en contra de éste, y si ello fue sin causa legítima, ejecutó un acto arbitrario y atentatorio de la garantía consignada por el artículo 22 constitucional, que prohibe los azotes o tormentos de cualquier especie, con lo que queda comprobado el cuerpo del delito de abuso de autoridad previsto en la fracción II del artículo 206 del Código Penal aplicable.
Precedentes
Amparo penal directo 1024/49. Alvarez Paredes Pomposo. 28 de septiembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.