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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300910
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2881
ACTO RECLAMADO, FALTA DE SEÑALAMIENTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2881
El juicio de garantías resulta improcedente y debe sobreseerse con respecto a una de las autoridades señaladas como responsables, si el quejoso no señaló el acto que le reclamaba y, consecuentemente, no existe materia que resolver sobre ese respecto.
Precedentes
Amparo penal directo 7042/48. Martínez Ríos Jesús. 30 de septiembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.