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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300921
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2954
ABUSO DE CONFIANZA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2954
La confesión producida por el acusado, es el medio más eficaz para producir la convicción en el ánimo del juzgador, de la comprobación del cuerpo del delito de abuso de confianza que se le imputa y su responsabilidad en el mismo, si admite haber recibido en depósito o guarda el objeto del delito, pero ninguna prueba aportó para justificar legalmente, que le fue sustraído o robado, ausencia de prueba que conduce lógicamente a establecer que dicho acusado es responsable de la no entrega o devolución al propietario, del objeto que había recibido en depósito, con lo que se configura el delito de abuso de confianza.
Precedentes
Amparo penal directo 7757/47. Fernández Teódulo. 28 de abril de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.