Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/300933
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300933
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 92
PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 92
Si una sociedad de la que el quejoso tiene poder general, el hecho de que en el momento en que interpuso la demanda de amparo a nombre de la sociedad citada, la escritura de ésta no hubiera sido inscrita todavía en el Registro Público de Comercio, es un hecho que no ataca la validez de la constitución de la sociedad y la falta de registro hace que, en todo caso, la persona moral de que se trata sea considerada a partir de la reforma del artículo 20 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, pero no que la quejosa no tenga personalidad.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5833/45. "La Granja", S. de R. L. 4 de abril de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.