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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300949
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 216
LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 216
Comprobada la riña, ipso facto queda eliminada la eximente de legítima defensa, de acuerdo con la doctrina sobre el particular, que caracteriza la contienda de obra en los casos de riña, por el ánimo de pelear, con la cual automáticamente queda excluida la repetida excluyente.
Precedentes
Amparo penal directo 3296/47. Granados Sánchez Francisco. 8 de abril de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.