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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300950
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 216
RIÑA (SENTENCIAS PENALES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 216
Si en la sentencia reclamada, se condenó al reo como penalmente responsable del delito de homicidio en riña, sin que la autoridad responsable exprese si consideró al acusado como agresor o agredido, para poder apreciar si la imposición de la pena es correcta o no, debe concederse el amparo al quejoso, para el efecto de que la autoridad responsable establezca la participación que en la riña tuvo dicho reo, como provocado o provocador.
Precedentes
Amparo penal directo 3296/47. Granados Sánchez Francisco. 8 de abril de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.