Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/300975
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300975
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 453
CICATRICES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 453
El dictamen médico no establece en forma cate|górica que la cicatriz de la lesión sufrida por el ofendido, constituye una deformidad incorregible, si acepta que, mediante un tratamiento adecuado la propia deformidad puede corregirse. Por consecuencia, está en lo justo el acusado al sostener que ha sido ilegal el acuerdo que le revoca la libertad bajo de fianza de que disfruta, estimándose que la lesión por él inferida, es de las que dejan una deformidad incorregible.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5245/48. Saucedo Hernández Héctor. 25 de abril de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.