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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300985
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 591
TESTIGOS DE DESCARGO, OPORTUNIDAD PARA VALORAR SUS DECLARACIONES (AUTO DE FORMAL PRISION).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 591
Estando presuntivamente probada la responsabilidad del acusado, para los efectos de la formal prisión, la estimación de los dichos de los testigos de descargo, deberá ser materia de la sentencia definitiva que se pronuncie en le proceso que se sigue a dicho acusado, en la que deberán ser valorizados para resolver si son, o no, aptos para acreditar su irresponsabilidad.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4860/48. Rodolfo Amézcua Sánchez. 2 de mayo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Ponente: Luis G. Corona.