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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301008
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 894
JUECES, FUNDAMENTACION DE SUS ACTOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 894
El Juez del proceso no funda ni motiva sus actos por la cita que haga de preceptos en sus resoluciones, sino por cuanto que las normas jurídicas que menciona, sean legalmente aplicables a la materia que resuelve, conforme a derecho.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4387/48. Méndez Francisco C. y coagraviados. 2 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.