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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301025
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1214
PRUEBAS, FALTA DE RECEPCION DE, EN LA APELACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1214
No se infirió al quejoso la violación de procedimiento que reclama, consistente en que no se le recibió en segunda instancia una prueba, si, independientemente de que no fue ofrecida en primera instancia, la Sala razonó con atingencia que dicha prueba no conduciría a ningún fin práctico.
Precedentes
Amparo penal directo 9006/47. Cotero Fragoso Juan. 13 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.