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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301030
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1220
ROBO, PENALIDAD DEL, CUANDO NO SE PUEDE DETERMINAR EL MONTO DE LO ROBADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1220
Al no poderse determinar la cantidad exacta de las cantidades robadas en distintas ocasiones, es correcta la resolución reclamada en cuanto determina que tiene aplicación al caso, para la imposición de la pena, el párrafo último del artículo 391 del Código Penal, que establece la pena de un mes de arresto a dos años de prisión, para el autor de un robo respecto del cual no puede determinarse el valor de la cosa.
Precedentes
Amparo penal directo 168/49. López Hernández Antonio. 13 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.