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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301035
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1233
PROCEDIMIENTO PENAL, REPOSICION DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1233
No se está en alguno de los casos señalados por el artículo 160 de la Ley de Amparo, si aunque el acto reclamado se dictó en un proceso de carácter penal, dicho acto solamente afecta intereses patrimoniales reclamados por los promoventes, resultando así improcedente la reposición del procedimiento.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5007/47. Comisariado Ejidal del Pueblo de Melchor Ocampo. 13 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.