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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301041
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1328
SUSPENSION SIN MATERIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1328
Si los actos reclamados por la quejosa, en el amparo relacionado con el incidente de suspensión, en el que recayó la interlocutoria que se revisa, ya fueron materia de otro juicio de amparo, es procedente la declaración que hizo el Juez de Distrito, declarando sin materia ese incidente de suspensión.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 2900/49. Rita María. 15 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.