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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301044
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1398
ROBO, PENALIDAD DEL, CUANDO SE DESCONOCE EL MONTO DE LO ROBADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1398
No se causa agravio al reo, aunque aparezca que se omitió el avalúo, por peritos, de las mercancías robadas, si el Juez de la causa, en la sentencia de primera instancia, al individualizar la pena, estimando que estaban probados el delito y la responsabilidad del reo, estuvo a lo más favorable al procesado, y aplicó la regla del robo simple, cuando el valor de lo robado no excede de cincuenta pesos.
Precedentes
Amparo penal directo 7155/48. Castellanos Fernando. 17 de junio de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis Chico Goerne.
Quinta Epoca:
Tomo C, página 2210. Indice Alfabético. Amparo directo 6483/48. Aguilar González Jacinto. 17 de junio de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis Chico Goerne.