Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/301054
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301054
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1451
RAPTO, DELITO DE (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1451
Si el quejoso se apoderó de la ofendida, privándola del medio de y circunstancias de su vida ordinaria, poniéndola bajo su dominio y potestad personal, y no de manera momentánea, sino por algún tiempo, mediante la violencia física y con la finalidad de satisfacer un deseo erótico sexual o casarse, se reúnen todos los elementos intrínsecos del delito de rapto, previstos y sancionados por el artículo 224 del Código Penal aplicable.
Precedentes
Amparo penal directo 6395/48. Guerrero Pantaleón. 20 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.