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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301089
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1782
NULIDAD DE LO ACTUADO EN EL PROCESO, CUANDO NO PUEDE HACERSE VALER.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1782
El agravio que hace valer el quejoso de nulidad de lo actuado a partir del auto que cerró la instrucción, debida a vicios de éste, es ineficaz, si fue notificado de este auto, y su defensor no interpuso recurso alguno en su contra, ni protestó por esta irregularidad, y al notificársele la sentencia que recayó en el proceso, apeló de esta sentencia, y en los agravios que hizo valer en su contra, no expresó ninguno al respecto, con lo cual la omisión que impugna, quedó purgada y sin causarle agravio.
Precedentes
Amparo penal directo 838/47. Cortés Carrillo Rafael. 29 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.