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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301092
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1837
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1837
Si contra la resolución reclamada que se dictó en cumplimiento de una ejecutoria de amparo, se interpuso el recurso de queja, el cual puede tener por efecto modificar, revocar o nulificar dicha resolución, ello es bastante para que deba estimarse improcedente el amparo promovido contra ella, en el que tendría que estudiarse la misma cuestión planteada en el recurso de queja.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1528/49. Escandón Díaz Manuel. 29 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.