Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/301113
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301113
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 85
CAREOS (VIOLACIONES AL PROCEDIMIENTO PENAL).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 85
El concepto de violación que atañe al procedimiento, no es de aceptarse, si aunque es cierto que el careo que surge entre la quejosa y una testigo, no se practicó, también lo es que no se preparó la interposición del amparo en los términos establecidos por el artículo 161 de la ley reglamentaria.
Precedentes
Amparo penal directo 7498/47. Sánchez María Luisa. 13 de enero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.