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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301115
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 87
PRISION, COMPUTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 87
Aun cuando al reo debe computársele el tiempo que estuvo detenido antes de obtener su libertad caucional, no es necesario que de esto se haga mención expresa en el fallo, pues en el supuesto de que las autoridades ejecutoras no tomaran en consideración ese lapso, hasta entonces se produciría el agravio que puede combatirse por todos los medios legales.
Precedentes
Amparo penal directo 8886/47. Esparza Tovar Luis. 13 de enero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.