Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/301130
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301130
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 136
LIBERTAD CAUCIONAL (APELACION EN MATERIA PENAL).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 136
Si la sentencia recurrida en apelación, impone al reo una pena que no excede de cinco años, es procedente su libertad bajo fianza, misma que debe concederle el juzgador de segundo grado, porque para ello tiene jurisdicción y se satisfacen, para su procedencia, los extremos de la ley.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7773/48. Rodríguez Parra Isauro. 14 de enero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.