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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301147
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 170
EXTRADICION ENTRE DOS ENTIDADES FEDERATIVAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 170
No se está en presencia de un caso de extradición entre dos entidades federativas del país, al cual deban aplicarse las disposiciones de la Ley Reglamentaria del Artículo 119 Constitucional, si la orden de aprehensión emanó de la jurisdicción federal, como lo es la de un Juez de Distrito, y se tramitó también por conducto de autoridades federales.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4830/47. Villarreal Martínez Baltazar. 17 de enero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.