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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301172
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 254
AUTO DE FORMAL PRISION (EXCLUYENTES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 254
El auto de formal prisión llena los requisitos exigidos por el artículo 19 constitucional, si expresa el delito que se imputa al acusado, los elementos que lo constituyen, lugar, tiempo y circunstancias de ejecución y si los datos que arroja la averiguación previa y que tuvo en cuenta el Juez para dictarlo, son bastantes para comprobar el cuerpo del delito y hacer probable la responsabilidad del acusado, y aunque existan declaraciones de testigos favorables al acusado, si también existen otras que le son adversas y éstas proporcionan datos que hacen probable su responsabilidad, mismas que fueron tomadas en cuenta para este efecto por el Juez que decretó la formal prisión, éste no cometió violación alguna de garantías al dictarla, ya que para la comprobación de la excluyente de responsabilidad que se alega, se necesita de una prueba plena, cuya comprobación, si no pudo ser hecha de momento por el Juez, deberá efectuarse en la sentencia definitiva.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6537/47. Gutiérrez Revueltas Jesús. 21 de enero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.