Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/301231
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301231
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 865
ROBO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 865
El que uno de los objetos robados, haya sido encontrado en la habitación donde se cometió el robo debido a que el reo no tuvo tiempo de llevárselo, no obsta para la aplicación de la sanción, puesto que conforme a lo dispuesto por el artículo 369 del Código Penal, el robo se dará por consumado desde el momento en que el ladrón tiene en su poder la cosa robada, aun cuando la abandone o lo desapoderen de ella.
Precedentes
Amparo penal directo 2939/47. Paniagua Vieyra Salvador. 10 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.