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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301273
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1120
DISPARO DE ARMA DE FUEGO, DELITO DE (HOMICIDIO Y LESIONES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1120
La jurisprudencia elaborada respecto del delito de disparo de arma de fuego, cuando se comete el de homicidio, establece que el primero no puede sancionarse porque constituye el medio idóneo de ejecución del segundo, y esa jurisprudencia, por precedentes establecidos por esta Primera Sala, se ha hecho extensiva al delito de lesiones, en el que se subsume también el de disparo.
Precedentes
Amparo penal directo 2908/48. Yañez Ramos Ernesto. 18 de febrero de 1949. Mayoría de tres votos. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.