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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301278
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1128
ENERVANTES, CULTIVO DE (AUTO DE FORMAL PRISION).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1128
Si el acusado admite haber cultivado plantas de marihuana, y para el auto de formal prisión, conforme a su estatuto legal, que es el artículo 1o. de la Constitución, no se requiere prueba plena sobre la responsabilidad, sino simplemente que haya datos que la hagan probable, desde este punto de vista debe convenirse que el auto de formal prisión reclamado satisface tales requisitos de fondo, puesto que la existencia del dolo es materia que atañe y debe ventilarse al resolver sobre la responsabilidad plena del acusado que es materia propia de la sentencia, que se dicte y ponga fin al proceso.
Precedentes
Amparo penal en revisión 977/47. Rincón Wenceslao. 18 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.